Alfonso Escámez

PERSONA JURÍDICA

Cliente que consigue con éxito el reconocimiento judicial de inexistencia de grupo, desde el punto de vista concursal, y consigue que el crédito de 100.000 euros de un socio titular del 50% del capital social de la entidad concursada se califique como ordinario (Sentencia Firme nº 141/2022 de fecha 4 de julio de 2022 dictada en incidente concursal  nº 771/2021 seguido ante el Juzgado Mercantil nº 2 de Valencia) y ello bajo la dirección de nuestros letrados Alfonso Escámez y Manuel Mata.

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